Castilla y León regula por decreto la Inspección Técnica de Construcciones

Valladolid. El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado un Decreto que modifica el Reglamento de Urbanismo en la parte referida a la inspección técnica de edificios, adaptándolo al marco legal actual definido por la Ley de Vivienda de Castilla y León y la normativa básica nacional.

El Decreto establece una evaluación periódica del estado de conservación de todos los edificios en los municipios con más de 20.000 habitantes, obligatoria a partir de los 40 años desde su terminación. En los demás municipios con más de 5.000 habitantes la obligación se limita a los edificios de vivienda.

Se atribuye la obligación de promover la inspección a los propietarios (en los edificios en régimen de propiedad horizontal será la comunidad de propietarios) y concreta los plazos para llevar a cabo la inspección, contados desde la terminación de las obras: 40 años para la primera inspección y 10 años para las sucesivas.

Se regula el contenido del informe de inspección con las pruebas, modelos y ámbito mínimo de inspección. También se desarrolla el criterio de la legislación básica de exigir la subsanación de las deficiencias detectadas y se regulan las potestades municipales para controlar la aplicación de la inspección técnica a partir de la obligación de los propietarios de presentar en los ayuntamientos tanto el informe de inspección como la certificación, en su caso, acreditativa de las subsanación de las posibles deficiencias.

Se prevé la posibilidad de llevarla a cabo a su costa ante el incumplimiento de la inspección, y se ejecutará subsidiariamente la obra si no se llevan a cabo las intervenciones ante las deficiencias detectadas.

Por lo demás, se regulan los detalles de la inspección con carácter mínimo, pues el Ayuntamiento puede mediante una ordenanza desarrollarlos. Así se detalla el contenido del informe de inspección, con una serie de reglas para su elaboración, en relación al ámbito mínimo de la inspección, mayores pruebas necesarias y modelos normalizados. También se señalan cuáles son las potestades municipales para controlar la aplicación de la inspección.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

FinanHogar: mucho más que una hipoteca, un aliado para dar el paso con tranquilidad

Hogares Group propone a través de FinanHogar, su división financiera, una...

La inversión inmobiliaria global alcanza 230.000 millones en 2026

El mercado inmobiliario global mantiene una evolución positiva en el inicio...

Greystar cierra el mayor fondo residencial europeo con 2.700 millones de inversión

El mercado inmobiliario europeo continúa mostrando una fuerte capacidad de جذب...

La iluminación exterior redefine el paisaje nocturno con criterios sostenibles

La iluminación exterior desempeña un papel cada vez más relevante en...

La calidad del aire, el ruido y el calor condicionan el aprendizaje en las aulas

La rehabilitación de edificios educativos se sitúa en el centro del...

Las SOCIMIs canalizan 1.400 millones de inversión en Andalucía desde 2014

El papel de las SOCIMIs en el mercado inmobiliario español ha...

REMAX Cima impulsa su crecimiento con nueva sede en Granada

La expansión del sector inmobiliario en ciudades como Granada refleja una...